El «Libro de Privilegios» – Introducción

Introducción

El “Libro de los Privilegios de Santa Cruz“, confirmados por Felipe II, recoge una información valiosísima de la historia de nuestro pueblo, desde su fundación como Villa en 1253, hasta comienzos del siglo XVIII.

El libro, que debió iniciarse como un documento único, es en realidad un archivo de documentos manuscritos, fechados entre 1562 y 1722, encuadernados en un solo volumen. Consta de 91 folios, de unas dimensiones medias de 23 x 30 cm., de los cuales 66 aparecen escritos por ambas caras, 20 van escritos por una sola cara y 5 están totalmente en blanco; los primeros 26 folios son de pergamino y el resto de papel.

Los privilegios de Santa Cruz de la Zarza es un ejemplo más de los que los  reyes concedían a las villas, que registraban y reconocían formalmente los límites, propiedades, obligaciones, derechos y competencias cedidas a las autoridades locales, así como determinadas licencias y exenciones en materia de justicia, tributación y recaudación de impuestos.

Asimismo, regulaban determinadas actividades económicas de importancia (mercados, mataderos, tahonas, bodegas, pastoreo y explotación de los bosques del común…) y también los derechos de servidumbre y paso de los municipios (portazgo, pontazgo, etc.,.).

Los “libros de privilegios”, por tanto, recogían y garantizaban el estatus jurídico de las ciudades y villas frente a otras autoridades o poderes o ante posibles actuaciones que pudieran violar sus derechos o fueran contra los intereses locales. No eran documentos, sin embargo, documentos requeridos u obtenidos a instancia de las propias ciudades y villas, sino que obedecían a las cédulas y ordenanzas reales que, desde comienzos del s. XVI y con carácter general, obligaban a los concejos a constituir, mantener y custodiar sus propios archivos legislativos, administrativos y contables. La aplicación de dichas ordenanzas se retrasó durante varias décadas en las villas menores, debido a la falta de personas cualificadas y a la escasez de medios. Por esta razón, los privilegios de Santa Cruz de la Zarza y de otras muchas villas de la comarca no se plasmaron documentalmente hasta el reinado de Felipe II, quien, como es sabido, impulsó enormemente el desarrollo administrativo del Reino y la extensión de una burocracia moderna. Fue así como se redactaron muchos de los libros de privilegios  –producidos en serie, diríamos hoy–, ciñéndose estrictamente a alguno de los modelos ya aplicados y probados con anterioridad en otras ciudades y villas (Sevilla, Cuenca, Teruel). En el caso de Santa Cruz y de la mayoría de las villas de la Orden de Santiago en La Mancha, se sigue fielmente el modelo del Fuero de Cuenca.

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